“…quièn tiene amor por la humanidad tiene amor por la ciencia…”
Puesto en pràctica el nuevo Sistema de Salud, el Sistema General de Seguridad Social en Salud, al ser aprobada la Ley 100 del año 1.993, y al analizar las vivencias de la ATENCION GERENCIADA DE LA SALUD “managed care”(1) observabamos como habìan sido impactadas seriamente la calidad de la atenciòn, el acto mèdico; las instituciones pùblicas y privadas prestadoras de servicios de atenciòn en salud en crisis econòmica y los trabajadores de salud ( profesionales, tècnicos y demàs) vìa al empobrecimiento. Ademàs de lo anterior, detectamos que la cobertura no habìa llegado ni llegarìa a los lìmites esperados de universalidad y que las intermediarias (EPS) se enrriquecìan en forma exorbitante a costa de los dìneros para la salud.
Por lo anterior, nos planteamos e impulsamos una cruzada nacional denominada REFERENDO POR LA SALUD cuyo objetivo fundamental era reformar el actual Sistema y Modelo de salud, y dentro de cuyos aspectos a intervenir estaba entre otros, la bùsqueda del mejoramiento de las condiciones PROFESIONALES Y LABORALES de los trabajadores del sector.
Era correcto introducir dicha reivindicaciòn dentro del paquete, ya que los diferentes sectores sociales, se mueven alrededor de sus propios intereses y los profesionales de la salud no escapamos a este principio o estratègìa.
A sabiendas que los Sistema de Salud modernos no solo se limitan al conjunto de instituciones que prestan servicios de atención en salud, sino que también involucran un grupo diversificado de organizaciones que producen los insumos necesarios para lograr dichos servicios, fue la razón fundamental por la cual algunos planteamos que no podìamos excluir del paquete reivindicativo de la reforma, los aspectos que tocaban con los profesionales de la salud, puesto que estos, están concatenados, hacen parte del todo, son causa-efecto del Sistema y del Modelo de Aseguramiento.(2)
Esta reivindicaciòn, en sus inicios, es decir, antes de redactar Proyecto alguno de Reforma se filtro hacia el exterior de la Asociaciòn de los Profesionales de la Salud Proreforma de la Ley 100, o el Ministerio de la Protecciòn Social, viò la necesidad de concatenar la reforma y ponerla en sintonìa con el Recurso Humano, reformàndolo mediante una Ley Marco.
A pesar de ser vàlidas las propuestas reformistas iniciales de los profesionales de la salud, estas no prosperan. El Legislativo asediado en todos los rincones por la necesidad del cambio, ya que el Modelo y Sistema no llenaba las expectativas, y al ver que los indicadores en salud al ser evaluados no eran satisfactorios, impulsan introducir unos ajustes sin pretender incidir en lo extructural de dicha Ley, y de esta forma, “pasar de agache” manteniendo el statu quo y congraciarse con la intermediaciòn financiera, fuente de donde muchos Senadores y Representantes obtienen recursos de todo tipo para el sosten de sus curules. Los que no somos ingenuos sabemos que la mano invisible de la intermediaciòn es la que por debajo de la mesa define cuales son las decisiones que tanto en el Congreso como en el Ministerio de Protecciòn Social se deben aprobar.
El Ejecutivo no se queda quieto( Presidente y Minprotecciòn Social), mueve la bancada del parauribismo y finalmente es aprobada la Ley 1122 del 9 de Enero de 2007 “ Por la cual se hacen algunas modificaciones en el Sistema General de Seguridad Social y se dictan otras disposiciones”
Es tan diciente que dicha Ley no promoviò cambio extructural alguno que incidiera en la esencia del modelo y Sistema que no pudieron ocultar que lo que se pretendìa era solamente introducir “algunas modificaciones” o ajustes que continuaran permitiendo el cumplimiento de su objetivo: enrriquecer al capitalismo financiero, cumplir con los designios del Banco Mundial, del Fondo Monetario internacional, quebrar la red pùblica de prestadores de atenciòn en salud, privatizar la salud y transformar a los profesionales de la salud en operarios.
Para el logro de esto ùltimo se hacìa necesario otra Ley màs que colocara en cintura a los profesionales de la salud, ya que con aquello del PROFESIONALISMO podìan generar algùn tipo de traumatismo a la INFRAESTRUCTURA CORPORATIVA de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) creadas con ànimo de lucro.
Asì como al interior de las organizaciones y estamentos se gestan los embriones de cambio y transformaciòn, tambièn aparecen quienes pueden ser sus sepultureros. De esta perniciosa estirpe no escapamos, y un sector de los profesionales de la salud (Asociaciòn Colombiana de Profesionales de la Salud-ASSOSALUD y el Colegio Medico Colombiano- CMC), asumen el compromiso de acompañar al Ministerio de Protecciòn Social en esta nueva cruzada. Dicho en el lenguaje popular “ crìa cuervos y….te sacaràn los ojos”.
Era un imperativo definir el rol del Talento Humano en Salud ante la presiòn por mejorar la calidad sin aumentar los costos en la prestaciòn de los servicios de atenciòn en salud. El nuevo Estatuto de Organizaciòn y Funcionamiento de la Administraciòn Pùblica dentro de los lineamientos del Sistema de Desarrollo Administrativo creado por la Ley 489 de 1.998 lo que bùscaba era crear “….. un mecanismo para contribuir al cumplimiento cualificado de la misiòn del Estado…” y “.. es la razòn por la cual los Directivos y servidores en general deben entender la importancia de adaptarse al nuevo orden mundial si quieren permanecer vigentes y reconocer la necesidad de rendirse o de aceptar nuevas estrategias de competitividad”(3). Estos lineamientos fueron aplicados al piè de la letra por los amanuences del Ministerio.
Si anteriormente el Estado escondìa su responsabilidad social al manifestar que los mèdicos eran los responsables de la situaciòn de salud de la poblaciòn, hoy con la Ley del Talento Humano en Salud “modernizan” la excusa al manifestar, que si bièn es cierto que el modelo tiene sus deficiencias, estas obedecen a la mala calidad de la atenciòn que prestan los profesionales de salud, “lunares” que se hacen necesario corregir exigièndoseles, el cumplimiento de unos requìsitos permamentes de actualizaciòn para garantizar criterios de calidad, lo que han dado en llamar RECERTIFICACION.
El objetivo de cualquier Ley o Estatuto sobre el Talento Humano lo que busca es aumentar las probabilidades de ocurrencia de resultados no con calidad sino a un menor valor. Por no pasar la decisiòn por el àmbito de la racionalidad tècnico cientìfica del profesional de la salud sino del de la burocracìa de las EPS el producto o servicio serà siempre de mala calidad. Hablan de calidad de la atenciòn, pero en la pràctica no vemos que esta sea una verdadera preocupaciòn. La Ley 100 enuncia muchas veces el concepto y palabra “ calidad en la atenciòn” pero no establece que nivel, grado o condiciòn de calidad es el que se espera cuando se recibe un servicios de atenciòn en salud. En uno de sus articulados encontramos “condiciones mìnimas de calidad” concepto que el autor lo asocia a mala calidad de la atenciòn, “medicina para pobres”, “medicina basada en la indigencia”.
La Ley 404 no se aparta de esta contextualizaciòn. Aprovechan el Artìculo 26 de la Constituciòn Polìtica y le tiran esta responsabilidad a los Colegios de las profesiones de la salud con aquello de la asignaciòn de “ funciones pùblicas”, es decir, convierten a los Colegios en cargaladrillos del ejecutivo en lo ateniente a responder por criterios de calidad, y de garantizar idoneidad al asumir la Recertificaciòn. Tèngase en cuenta que la mencionada Ley transfiere a los Colegios el conflicto y crisis que afronta la Educaciòn Mèdica en nuestro paìs responsable de la crisis de humanismo en las relaciones profesional de la salud –paciente, las cátedras que involucran lo social y humanístico por estar ausentes, adquirimos las habilidades técnicas, pero no nos capacitan para las relaciones interpersonales;los investigadores en pedagogìa analizan las bondades del Mètodo Crìtico de Popper “ensayo-error” y comienzan a cuestionar la atenciòn hospitalaria como el mòdelo preferencial para el trabajo del mèdico.” El “managed care” viene impulsando volver a la atenciòn domicialiaria u “hospitalizaciòn en casa”, “hospital dìa” por ser menos costosa y por lo tanto màs rentable. Es aceptado que para el actual Modelo y Sistema lo que interesa es la rentabilidad econòmica tirando por la borda la rentabilidad social y la calidad de la atenciòn.
Como el proceso de recertificaciòn de los profesionales mèdicos involucra una poblaciónde aproximadamente 57.000 médicos (2004) y a unos 170.OOO profesionales de la salud no médicos(4), algunos sectores con idèntica mentalidad a la de los intermediarios de la salud, se han propuesto la tarea de engendrar empresas que al “colgarlas” a la “Ley de Talento Humano en Salud”, la que concientemente impulsaron, haga enriquecedora la actividad de recertificaciòn.
Segùn esta Ley, “la actualizaciòn para garantizar criterios de calidad en la prestaciòn de los servicios de atenciòn en salud” y los costos que ello trae consigo, es responsabilidad de los profesionales. La Ley no obliga al Estado, ni a los intermediarios, ni a los prestadores(pùblicos o privados) a financiar con tiempo y dìnero dicho proceso. No hay por què introducirle mayores responsabilidades en costos a quienes lucran a costa de los recursos para la atenciòn en salud.
Por eso aparecen ”exòticas” empresas como Multipropòsitos, El Centro Latinoamericano de Investigaciòn y Entrenamiento en Cirugìa Mìnima Invasiva(inversiòn de US 10 millones) y la Pàgina Web independenciaybienestar.com, que con la intermediaria MEDICAS EPS, S.A, buscan congraciarse con el ejecutivo, cazar incautos en el mercado de la salud, contribuir a la pauperizaciòn de los profesionales del sector, generando falsas expectativas ya que cualificar mano de obra si bièn es cierto produce satisfacciones individuales no aporta valor agregado alguno desde el punto de vista econòmico a los hogares, y tampoco beneficia a los pacientes, ya que los procedimientos mìnimos invasivos por no estar incluidos en el Plan Obligatorio de Salud, y al no ser autorizados por las EPS, no pueden ser realizados, ya que de hacerse lo contrario, seràn glosados y no pagados. Vista asì las cosas, los profesionales mèdicos realizaràn una inversiòn bastante costosa en su cualificaciòn que poco o nada podràn recuperar. El POS, frente a desarrollos tècnicos cientificos de la medicina y afines, tiene un atrazo aproximado de 14 años. Resulta paradójico que los desarrollos científicos y tecnológicos, creados por el hombre mismo para resolver todas las contingencias al rededor de la vida, no estén al servicio de todos los seres humanos sufriendo un proceso de transformación ha objetos suntuosos y elitistas de difícil alcance ya que la “eficiencia econòmica” neoliberal choca con la socialdemocràta equidad.
Los problemas de la sociedad se resuelven asumiendo compromisos y consensos colectivos e individuales de tipo polìtico y ètico. Cuando dicha racionalidad sirve a particulares, se derivan serias oposiciones y rechazos, y cuando están orientadas al servicio de amplios sectores de población, ganan apoyo y son bienvenidas. La gran disyuntiva del hombre sobre el mundo està en la “… implantaciòn de nuevas y màs equitativas estructuras polìticas y econòmicas…”. Es aceptado que “…la producciòn y aplicaciòn del conocimiento han contribuido notablemente al bienestar de la humanidad, pero al mismo tiempo han sido utilizadas por los sistemas de poder para consolidar beneficios particulares, dejando de paso un rastro de inequidad, exclusiòn social…”.Tenemos que realizar”gestiòn del conocimiento”…proceso mediante el cual se genera, valora y aplica el saber a la soluciòn de los problemas prioritarios de cada comunidad” (5) Bajo estos criterios es que rechazamos la Ley 404 sobre el Talento Humano en Salud.
Es importante que cada uno de los profesionales de la salud leàmos y analicemos detenidamente este engendro de Ley, ya que estamos adportas de su Reglamentaciòn, porque con ella no se resuelve la desprofesionalizaciòn, la deslaboralizaciòn, la flexibilizacion laboral y no va a servir tampoco para resolver la sobreoferta de mano de obra en la que participa la educaciòn privada como forma de enriquecimiento fàcil y que ejerce tambièn efecto perverso en el empobrecimiento de los trabajadores de la salud. El contentillo lo definen como un “Programa de Estìmulos e Incentivos” que no genera efectos salariales, y en lo ateniente a al Manual Tarifario y la responsabilidad del Minprotecciòn Social y del Consejo con respecto a este tema ya habìa quedado en entredicho cuando la Corte Constitucional mediante Sentencia C-137 de Febrero 28 de 2007 estableciò la inexequibilidad del artìculo 42 de la Ley 812 del 2003(Plan Nacional de Desarrollo 2003-2006) al manifestar que el Gobierno no tiene la potestad para establecer tarifas mìnimas para los servicios de atenciòn en salud porque èste campo compete al Congreso de la Repùblica.
Estemos alerta, porque aquellos que hacen parte del “comitè de aplausos del ejecutivo”, han comenzado a ocupar las sillas del Consejo Nacional del Talento Humano en Salud. Es una obliogaciòn de las demàs organizaciones( Federaciòn Mèdica Colombiana, Academia Nacional de Medicina, Academia Colombiana de Salud Pùblica y Seguridad Social, etc) estar atentos para cerrarle el paso a aquellas propuestas de reglamentaciòn que atenten contra los intereses de los profesionales de la salud.
ABAJO LA LEY SOBRE EL TALENTO HUMANO EN SALUD !!!!
DEFENDAMOS EL PROFESIONALISMO Y LA DIGNIDAD LABORAL!!!
POR LA CALIDAD DE LA ATENCIÒN: NO QUEDA OTRA ALTERNATIVA CAMBIÉMOS LA LEY 100 (Hoy 1122 DE 2007)
UN SISTEMA Y MODELO DE ATENCION EN SALUD DIFERENTE PUEDE SER POSIBLE PARA LOS COLOMBIANOS POR FUERA DE LA CONCEPCION NEOLIBERAL.
Alberto Guillermo MENDOZA APARICIO
Médico cirujano- Universidad del Cauca
Especialista en Administración de Salud y Seguridad Social-Pontificia Universidad Javeriana.
Pensador Social
Miembro Junta Dirèctiva Colegico Nacional de Mèdicos Generales Colombianos
___________________
Profesionalismo:”… autonomìa intelectual y capacidad de autoregulaciòn en un marco ètico de deontologìa social…”Patiño, Josè Fèlix; La ley 100 de 1993, Reforma y Crisis de la Salud en Colombia “ …el profesionalismo lleva implìcito un compromiso de servicio al paciente y a la sociedad,…”, Patiño, Josè Fèlix, La ètica en la Atenciòn Mèdica “… El profesionalismo mèdico es una fuerza estructuralmente estabilizadora y moralmente protectora de la sociedad, es uno de los pilares que asegura su estabilidad.” Sounding board, New England Journal of Medicine, Nov 18,1999.
Bibliografìa:
1.Patiño, Josè Felix, La Etica en la Atenciòn Mèdica; Revista Persona y Bioètica; Universidad de la Sabana; ISSN O123-3122, Año 6 No 17, Septiembre-Diciembre 2002.
2. Mendoza Aparicio, Alberto Guillermo; Artìculo: “Reivindicar lo laboral y lo profesional de los trabajadores de la salud debe estar incluido en todo proyecto de reforma de la salud en colombia”; Bogotá, Agosto 19 de 2004.
3. Departamento Administrativo de la Funciòn Pùblica, Lineaminetos Generales para la Administraciòn del Talento Humano al Servicio del Estado; Marzo, 2002.
4. Mendoza Aparicio, Alberto Guillermo; Presentación realizada con motivo de la instalación del Colegio Nacional de Médicos Generales de Colombia, Capitulo Bogotá;“La Crisis Polìticade la Salud y la Responsabilidad Històrica de los Profesionales de la Salud Colombianos”, lugar Academia Nacional de Medicina, Bogotà,D.C., Diciembre 12 de 2006.
5.Gòmez-Arias, Rubèn Dario; Editorial: “¿Investigar o gerenciar el saber? Una gestiòn del conocimiento para mejorar la salud de la gente”; Revista Gerencia y Polìticas de Salud, Facultad de Ciencias Econòmicas y Administrativas, Publicaciòn de los Programas de Postgrado en Administraciòn de Salud y Seguridad Social, v.5,n.10, Julio 2006, ISSN:1657-7027.
Bogotà, Mayo 21 de 2007